28 mayo 2011

Titulo I, Capitulo II, Sección primera.

Titulo I, De los derechos y deberes fundamentales.
Capitulo II, Derechos y Libertades.
Sección primera, De los derechos fundamentales y de las libertades públicas.

Por regla general los políticos en general tienden a la glorificación pública de la Constitución con discursos grandilocuentes en los que intentan hacer ver lo importante que es en nuestro ordenamiento jurídico, pero a la hora de la verdad ni se la han leído, ni piensan seriamente en cumplirla, un ejemplo palmario y vergonzante es la Concejala de Seguridad de Murcia, demostrando en sus declaraciones publicas en la radio que no conoce la Constitución o le importa un higo.

Para Fuentes es una cuestión de "salubridad e higiene".
La concejal ha afirmado que el derecho de reunión "debe ser por un tiempo"
La concentración "debe estar autorizada".
Para Fuentes "lo que está claro es que los derechos de una persona y el poder expresarse no puede ser por tiempo ilimitado".

Está claro que no ha leído el Articulo 21 de la Constitución, si lo ha leído no ha entendido nada y alguien debería decirle que es un cargo público y entre sus atribuciones no esta la potestad de modificación de la Constitución, lo de "por tiempo ilimitado" es penoso.

Es muy revelador, para está señora los ciudadanos solo pueden expresarse en las urnas y después a dormir 4 años y que ellos hagan lo que quieran, revelador y muy preocupante.

Artículo 21.
1. Se reconoce el derecho de reunión pacífica y sin armas. El ejercicio de este derecho no necesitará autorización previa.
2. En los casos de reuniones en lugares de tránsito público y manifestaciones se dará comunicación previa a la autoridad, que sólo podrá prohibirlas cuando existan razones fundadas de alteración del orden público, con peligro para personas o bienes.

Ya que estamos que se lea también el Articulo 53.1

Todo esto es aplicable a los responsables del desalojo a palos de Barcelona, solo recordarles un párrafo de la Disposición final.

POR TANTO,
MANDO A TODOS LOS ESPAÑOLES, PARTICULARES Y AUTORIDADES, QUE GUARDEN Y HAGAN GUARDAR ESTA CONSTITUCIÓN COMO NORMA FUNDAMENTAL DEL ESTADO.

No son los únicos ejemplos, estos días la prensa está llena de declaraciones muy reveladoras de lo que piensan de verdad nuestros políticos sobre las libertades y que solo se les escapa ante la presión de la libertad del pueblo, eso les pone muy nerviosos.

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